El documento, que está abierto a los comentarios, aborda, entre otros aspectos, la metodología de distribución del IVA cedido a los departamentos.
El Ministerio de Hacienda da a conocer el proyecto de decreto "Por el cual se adiciona el Capítulo 8, Título 1, Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y se reglamenta la distribución del recaudo de IVA de licores, vinos, aperitivos y similares con destino al aseguramiento en salud".
El documento, que está abierto a los comentarios de la ciudadanía, aborda, entre otros aspectos, la metodología de distribución del IVA cedido a los departamentos, la modalidad de pago, la incoporación al Presupuesto General de la Nación del IVA proyectado, la certificación del IVA recaudado y el traslado de los recursos.
Así pues, el proyecto de decreto indica que "la distribución del IVA sobre licores, vinos, aperitivos y similares cedido a los departamentos, se realizará en proporción a la participación que tenga cada departamento en el total de la población asegurada en el régimen subsidiado de salud", así como que el Ministerio de Salud, con base en la información reportada en la Base Única de Afiliados (BDUA) calculará dicha participación.