Nuevo Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento de MinSalud crea ayuda económica para ciertos casos positivos

El PRASS se creó para hacer seguimiento de casos de Covid-19 y sus contactos y establecer una ayuda económica a algunas personas para que puedan permanecer en aislamiento por esta enfermedad.

Redacción | 12/08/2020 - 11:42 | Compartir:

El ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, explicó el Decreto 1109 de 2020, por el que se creó, tras cinco meses de la llegada del coronavirus a Colombia, el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS). Con el nuevo programa, el Ministerio indica que "se podrá hacer seguimiento de casos y contactos de Covid-19, se reglamenta el reconocimiento económico de quienes deben estar en aislamiento por esta enfermedad y se establecen las responsabilidades que los diferentes actores del sistema de salud deben cumplir para la ejecución del PRASS".

A los cinco meses de la llegada del coronavirus, MinSalud crea el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento
*Imagen de MinSalud.

Hace alrededor de medio año la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya había definido que las pruebas, el aislamiento y el rastreo de contactos son la columna vertebral de la respuesta a la pandemia por Covid-19 y que las medidas de cuarentena, aunque son importantes, no lograrían frenar la pandemia si no se llevaban a cabo más pruebas de detección, el rastreo de contactos y los aislamientos selectivos.

Con la creación del nuevo programa para Colombia el ministro Ruiz señala: "Tuvimos una primera etapa en la que buscamos contener el contagio a través de una cuarentena general". El objetivo ahora con el PRASS, indicó, es aislar los casos positivos con sus familias y para esto se establecen reconocimientos económicos para que las familias tengan su aislamiento y evitar el contagio.

En lo que respecta al componente de seguimiento de casos y contactos con Covid-19, el Ministerio de Salud indica que "se comprenden tres acciones, definidas en i) toma de muestras y realización de pruebas diagnósticas de laboratorio, ii) rastreo de los contactos de los casos confirmados, y iii) aislamiento de los casos confirmados y sus contactos". 

Toma de muestras

Sobre la toma de muestras y realización de pruebas diagnósticas de laboratorio el Ministerio señala que estas se seguirán haciendo dentro de los lineamientos que ya estaban establecidos; los responsables de las tomas serán entidades territoriales departamentales o distritales, EPS y ARL.

En el aspecto de tomas de muestras, las entidades territoriales departamentales y distritales lo harán en dos circunstancias, explicó Ruiz, cuando se toman a conglomerados y cuando se toman a población pobre no asegurada. Cuando se trata de una atención de carácter individual la deben tomar las EPS, las entidades obligadas a compensar y los administradores de los regímenes especiales, añadió.

"El empleador, de manera concurrente con la administradora de riesgos laborales lo hará cuando se trate de trabajadores de la salud, personal de vigilancia epidemiológica y personal administrativo o de aseo y apoyo que preste servicios relacionados con Covid", agregó y continuó: "Los resultados de las pruebas deben cargarse en la plataforma de seguimiento creada por el Ministerio de Salud, SegCovid".

Rastreo de contactos

La cartera de Salud destaca que se establecen responsabilidades para estos actores junto a las secretarías de salud municipales para el rastreo de los contactos de los casos de contagio confirmados, sospechosos y probables, y su evaluación, orientación y seguimiento.

"La búsqueda activa se complementará con otras herramientas como: rastreos personalizados por equipos de vigilancia epidemiológica, llamadas telefónicas y uso de Coronapp pro, siendo responsabilidad de las autoridades sanitarias, EPS y la comunidad en general el suministro y registro de la información que sea consignada en los formularios o plataformas correspondientes", indica el acto administrativo.

Por su parte, Ruiz señaló que el rastreo lo harán las secretarías departamentales o distritales salud cuando se trate de población pobre no asegurada; las EPS, las entidades obligadas a compensar o los administradores de los regímenes especiales cuando el contacto es identificado en el contexto de una atención individual; y las secretarías municipales de salud de los contactos no laborales de trabajadores de la salud.

Aislamiento 

En lo que respecta al aislamiento selectivo, se faculta a las secretarías de salud municipales y distritales a realizar cercos epidemiológicos cuando en un área geográfica se presenten conglomerados con un alto número de casos.

Para sostener el aislamiento preventivo de los hogares con casos positivos, el ministro Ruiz explicó que los afiliados al régimen contributivo que no puedan trabajar por causa de la Covid-19 recibirán sus incapacidades respectivas de parte de su EPS (o su ARL, si es enfermedad profesional) y los afiliados del régimen contributivo que tengan Covid-19 pero no estén incapacitados deben "priorizar" el teletrabajo.

Sobre este aspecto que llama especialmente la atención el Decreto señala concretamente: "Los afiliados cotizantes al Régimen Contributivo que sean diagnosticados con Covid-19 y frente a los cuales el médico tratante considera que no es necesario generar una incapacidad por las condiciones físicas en las que se encuentra, serán priorizados para realizar teletrabajo o trabajo en casa, durante el término del aislamiento obligatorio". 

"Los afiliados al régimen subsidiado que sean diagnosticados contarán con el pago de una compensación económica temporal que se da a través de la ADRES para asegurar que tendrá una sostenibilidad económica mientras se hace el aislamiento", indicó Ruiz.

Al respecto el Decreto señala: "Los afiliados al Régimen Subsidiado de Salud que sean diagnosticados con Covid-19 contarán con el pago de la Compensación Económica Temporal, creada por el artículo 14 del Decreto Legislativo 538 de 2020, que corresponde a siete (7) días de Salario Mínimo Legal Diario Vigente - SMLDV por una sola vez y por núcleo familiar, siempre y cuando se haya cumplido la medida de aislamiento". 

Acceda al texto completo del Decreto 1109 de 2020 que crea el PRASS aquí

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