La Organización Defensa del Paciente expresa su preocupación al respecto y señala que esto "va a generar mucha más inequidad en el acceso a los servicios de salud".
El Ministerio de Salud y Protección Social ha adoptado, mediante la Resolución 1161 del 2020, los contenidos y tipos de canastas de servicios asociados al diagnóstico y la atención de Covid-19, que serán reconocidos por la Administradora de Recursos para la Seguridad Social (ADRES) en la medida que la unidad de pago por capitación (UPC) y los presupuestos máximos sean insuficientes, de acuerdo con la frecuencia de uso de los servicios.

En dicha resolución, en la que también se establecen los servicios y tecnologías en salud que integran las canastas para la atención del coronavirus, el Ministerio regula el pago anticipado por la disponibilidad que tengan las IPS (hospitales y clínicas) de camas de unidad de cuidado intensivo y de unidad de cuidado intermedio. Sobre este incentivo económico de pago anticipado por la disponibilidad de camas de UCI, el artículo 6 de la Resolución indica que será calculado por la ADRES teniendo como base los valores diarios de: $456.482 por camas de unidad de cuidado intensivo y $347.538 por unidad de cuidado intermedio.
Para el pago de los recursos el representante legal de la IPS deberá certificar a la ADRES la disponibilidad diaria de camas de UCI y cuidados intermedios, la cual debe corresponder a los reportes efectuados en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) y se realizará por la disponibilidad de estos servicios en los meses de junio, julio y agosto.
Al respecto, el director de la Organización Defensa del Paciente, Francisco Castellanos, señaló que "es necesario que el Estado fortalezca los servicios de salud y la oferta de unidades cuidado intensivo y de unidades de cuidado intermedio". Sin embargo, advierte que "lo que es muy preocupante es que se haga a través de incentivos económicos versus disponibilidad de camas en estas unidades, porque va a generar mucha más inequidad en el acceso a los servicios de salud y seguramente va a vulnerar el derecho a acceder en términos de igualdad".
Acceda al texto completo de la Resolución 1161 del 2020 aquí.