La Asociación de Hospitales y Clínicas pide que el giro directo no sea opcional

Afirma que la modificación del artículo 135 de PND es un retroceso en lo logrado con el flujo de recursos en el sistema de salud. 

Redacción | 02/04/2019 - 16:08 | Compartir:

La Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC) pidió al Gobierno Nacional y al Congreso de la República establecer en el Plan Nacional de Desarrollo (PND), que pasó a segundo debate, "un mecanismo de No Repetición, como el giro directo extendido, que garantice el adecuado flujo de los recursos en el sector salud e impida que se repitan los malos comportamientos de algunas entidades que llevaron al sistema a las dificultades financieras actuales".

La Asociación de Hospitales y Clínicas pide que el giro directo continúe siendo obligatorio La ACHC en una comunicación enviada al presidente de la República, Iván Duque, indica que la modificación que tuvo el artículo 135 del proyecto de Ley de PND, aprobada por las comisiones económicas, en el que se plantea que el giro directo sea facultativo de la ADRES, sería un retroceso frente a lo logrado con este mecanismo en los últimos años en ambos regímenes y afectaría el flujo de los recursos del sistema de salud. Para la Asociación, este mecanismo tampoco puede dejarse al arbitrio o voluntad de las entidades responsables de pago.

A juicio del gremio de los hospitales y clínicas, el artículo 135 del PND propuesto originalmente iba en el sentido correcto, pues permitía un mayor y mejor flujo de los recursos en el inmediato plazo, y en el mediano y largo plazo evitaría el crecimiento de la cartera hospitalaria morosa y garantizaría que los recursos de la UPC tengan la destinación y uso debidos. "Los recursos no son infinitos y resulta inadmisible que con la evidencia y resultados que tenemos hoy en día, sigamos creyendo que, haciendo lo mismo, lograremos tener distintos resultados", resalta la ACHC.

La propuesta de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas es que el giro directo se aplique a todas las entidades responsables de pago que estén bajo alguna medida de vigilancia, intervención o liquidación por parte de la Superintendencia de Salud y a las EPS que no cumplan con las metas de solvencia e indicadores de permanencia establecidos en la normatividad y que evalúa el ente de control.

Por lo anterior, la Asociación también pide que se preserve el giro directo a las IPS del 80% de la UPC reconocidas, de aquellas EPS a las que les han sido impuestas medidas de vigilancia especial, intervención o liquidación, tal como lo ordena el artículo 10 de la Ley 1608 de 2013 y que, en el proyecto de ley del PND, se propone eliminar en el artículo de vigencias y derogatorias.

Entre las consideraciones presentadas por la ACHC al Plan Nacional de Desarrollo y enviadas igualmente al ministro de salud, Juan Pablo Uribe, y al Congreso de la República, también se reitera la necesidad de que en el Acuerdo de Punto final incluido en los artículos 133 y 134 del PND, además de las deudas por coberturas que se encuentran fuera del Plan de Beneficios, se tengan en cuenta mecanismos para sufragar las carteras deterioradas o de las megaliquidaciones de EPS. Al respecto, el gremio propone que la titulación que se ha contemplado para el pago de esas deudas se haga a las IPS directamente, de manera tal que se garantice que los recursos llegarán a toda la cadena del Sistema de Salud, se reduzca la cartera y mejore el balance financiero de los que histórica y legítimamente han venido reclamando el pago de la deuda derivada de servicios de salud ya prestados, explican. Para ello la ACHC sugiere que la operación se haga a través de la banca pública para establecer un techo o valor máximo de intermediación.

La ACHC en su comunicación también se refiere al artículo 131 del PND que propone ordenar las competencias de las entidades territoriales con respecto a la cobertura de servicios no incluidos en el plan de salud y pide que se garanticen los recursos financieros para atenderlos; señala que, en la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones, es necesario brindar a través de los subsidios a la oferta las condiciones justas para que las Empresas Sociales del Estado (ESE) puedan susbsistir y atender sin problemas la población a su cargo.

Con respecto al artículo 139 sobre solidaridad en el sector, la ACHC hizo un llamado a endurecer las medidas antievasión y antielusión, antes de pensar en crear microseguros o aportes a cargo de población que está tratando de salir de la pobreza, y evitar que los recursos que deban destinar a estos pagos terminen riñendo con su mínimo vital.

En cuento al artículo 55 sobre fortalecimiento de las competencias de la Supersalud, la Asociación advierte que es necesario articularlo con la normatividad ya existente e involucrar a otras superintendencias. Además, considera que se debe ampliar ese mecanismo de supervigilancia a las figuras de reorganizaciones institucionales de EPS, de manera tal que se revisen las operaciones que proponen y, en especial, que se exija un Paz y Salvo con la red prestadora, para avanzar a un cambio de su naturaleza jurídica.

Finalmente, la ACHC señala que el Plan Nacional de Desarrollo 2018 -2022 es un ajuste al esquema actual de operación del sistema de salud y considera necesario avanzar en una reforma estructural del sistema, que contenga otros aspectos críticos que no fueron incluidos.

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