Supersalud ordena a seis EPS resolver miles de PQRD de "riesgo de vida" radicadas desde 2019

El ente de control ordenó medidas cautelares de cesación provisional a estas entidades y señala que Medimás y Coomeva concentran el 79% de las quejas.

Redacción | 22/04/2020 - 12:31 | Compartir:

La Superintendencia Nacional de Salud ordenó medidas cautelares de cesación provisional contra las EPS Medimás, Coomeva, Savia Salud, Comparta, Ambuq y Convida, para que resuelvan de fondo y de manera inmediata 14.130 peticiones, quejas y reclamos (PQRD) que tienen desde enero de 2019, relacionadas con la autorización y entrega de medicamentos, la prestación de todo tipo de servicios y los tratamientos a pacientes de alto costo.

Supersalud ordena a seis EPS resolver PQRD de "riesgo de vida" radicadas desde 2019La Supersalud afirma que obligó a estas EPS a que remitan un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes y a demostrar los resultados efectivos que garanticen de manera inmediata la respuesta a los siguientes casos así: Medimás, 7.248 PQRD; Coomeva, 3.861; Convida, 1.052; Savia Salud, 695; Comparta, 579 y Ambuq, 695.

La Supersalud señala que busca con estas "medidas cautelares de cesación provisional" que las EPS eliminen las barreras administrativas que han obstaculizado o negado el acceso a sus afiliados, incluso a servicios básicos como la programación de citas médicas, la autorización de procedimientos o la entrega de tecnologías de salud. Según explica el ente de control, la mayoría de estas peticiones, quejas o reclamos fueron radicados ante la Superintendencia a lo largo de 2019, hasta el 31 de marzo de 2020, y muchas de ellas se clasifican dentro de la categoría de "riesgo de vida"; es decir, que requieren de atención inmediata, no mayor a dos días hábiles. Las EPS Medimás y Coomeva concentran el 79% de las quejas que deben ser atendidas con inmediatez.

El ente de control explica que las órdenes proferidas obligan a que, de manera inmediata, sean resueltas las dificultades identificadas por el ente de control, relacionadas fundamentalmente con la entrega de medicamentos y las barreras de atención a pacientes de alto costo. En este sentido, además de cesar las barreras administrativas que dilatan o niegan los servicios requeridos, las citadas Empresas Promotoras de Salud deberán remitir un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes, añade la Superintendencia, que afirma que, de incumplir las instrucciones del ente de control, serán investigadas administrativamente.

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