Destituido exgerente de la ESE Centro de Rehabilitación Cardioneuromuscular de Norte de Santander

La Procuraduría también inhabilitó a Luis Fernando Páez Carrascal por 10 años.

Redacción | 11/07/2019 - 14:09 | Compartir:

La Procuraduría General de la Nación (PGN) dio a conocer recientemente que sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años al exgerente de la ESE Centro de Rehabilitación Cardioneuromuscular, Luis Fernando Páez Carrascal, por omisión de sus deberes.

Destituido exgerente de la ESE Centro de Rehabilitación Cardioneuromuscular de Norte de SantanderLa Procuraduría Regional de Norte de Santander halló responsable al exfuncionario de no incluir en el presupuesto de la entidad prestadora de salud, el rubro para cancelar el servicio público de electricidad. Según indica el Ministerio Público, Páez Carrascal, incumplió el pago de 19 facturas emitidas por la empresa Central Eléctrica del Norte S.A. E.S.P. – CENS Grupo EPM, adquiriendo una deuda por $95.431.019, más $6.948.944 de intereses.

Según informa la PGN, el exgerente de la ESE Centro de Rehabilitación Cardioneuromuscular adelantó un acuerdo de pago con CENS Grupo EPM, el 30 de diciembre de 2015, y solo canceló la primera cuota por $15 millones de pesos, lo que generó que la empresa de servicio público adelantara un proceso ejecutivo de cobro en el Juzgado Segundo Civil Municipal y que el centro de rehabilitación tuviera que cancelar un monto superior al pactado por los intereses generados.

Para el ente de control, Luis Fernando Páez Carrascal incurrió en desatención elemental de sus funciones al no gestionar de manera adecuada los recursos que permitieran subsanar la deuda con la empresa y evitar el detrimento patrimonial por el incremento periódico de los intereses moratorios. Asimismo, para el Ministerio Público, el disciplinado quebrantó los deberes consignados como gerente y vulneró los principios de transparencia, economía y responsabilidad que rigen y garantizan la función pública por lo que calificó la falta como gravísima a título de culpa gravísima.

Por último, la Procuraduría General de la Nación señala que la decisión de primera instancia podrá ser apelada por el investigado.

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