Son hospitales, clínicas, centros médicos y entidades territoriales que deberán corregir el cargue de la información del personal que podría recibir la bonificación por sus servicios durante la pandemia.
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) abrió una ventana de reporte hasta el 23 de agosto del 2020, en la que 167 hospitales, clínicas, centros médicos y entidades territoriales deberán corregir el cargue de la información del personal médico, asistencial y epidemiológico que atiende pacientes sospechosos o confirmados con coronavirus, y que podrían recibir la bonificación sus servicios durante la pandemia.

¿Qué IPS o entidades territoriales podrán realizar las correcciones?
Las IPS y los municipios, departamentos y distritos deberán verificar si hacen parte del grupo de 167 instituciones y entidades que reportaron su talento humano en salud de forma errada y fueron notificados del error por parte de la ADRES en el siguiente listado que puede descargar aquí.
Las IPS y entidades territoriales referenciadas en el listado, recibirán un correo electrónico con la notificación de la falla en el cargue y algunas recomendaciones para enmendar el error en el reporte, afirma la ADRES..
¿Qué tipo de errores de reporte se podrán corregir?
Se deberán corregir los errores asociados al diligenciamiento correcto del formato estipulado por la ADRES. Por ejemplo, aquellos casos en los que subieron el reporte en formato PDF y no en EXCEL, o que subieron un documento vacío o un documento con el formato alterado. En el listado de notificación de la ADRES, la IPS o la entidad territorial encontrará la descripción del error en el cargue del formato de reporte que debe subsanar.
¿Hasta cuándo hay plazo para corregir el reporte THS?
La ventana de reporte estará abierta hasta el 23 de agosto del 2020 para que efectúen las correcciones requeridas. La ADRES recuerda que a la plataforma Reconocimiento Covid-19 se debe ingresar con el usuario y contraseña previamente asignado.
Recomendaciones para el reporte de información
Para el reporte de la información la ADRES recomienda:
Utilice solamente la plantilla dispuesta por ADRES, de ser necesario vuelva a descargarla y a diligenciarla.
No modifique o altere el formato de la plantilla.
No modifique los nombres de la primera fila.
No modifique el nombre de la hoja.
Conserve las listas de valores para las celdas que las tienen.
No grabe el archivo en formato Excel versiones 97 o 2003.
Si usted hizo un cargue posterior de manera exitosa y considera que el Talento Humano en Salud está reportado de acuerdo con la Resolución 1172 y 1182 del 2020, MinSalud, no necesita volver a realizar el reporte.