MinSalud publica una circular en la que da instrucciones para el acceso efectivo al aborto

​Dando cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-055 de 2022.

Redacción | 30/09/2022 - 06:34 | Compartir:

Dando cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-055 de 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la circular 044 del 28 de septiembre del presente año. Entre otros aspectos, la circular exhorta al Congreso de la República y al Gobierno nacional, para que, "en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral [...] que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes, descritos en esta providencia y, a su vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías".

MinSalud publica una circular en la que da instrucciones para el acceso efectivo al aborto
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La sentencia de la Corte Constitucional modificó el artículo 122 del Código Penal, despenalizando el aborto cuando se realiza hasta la semana 24 de gestación, manteniendo las tres causales despenalizadas en el año 2006 sin límite de gestación, esto es: cuando se pone en riesgo la salud o la vida de la mujer, cuando existe grave malformación del feto que haga inviable la vida, o cuando el embarazo sea resultado de una violación, incesto o inseminación no consentida.

La directora de Promoción y Prevención, Johanna Barbosa, explica que el principal objetivo que tiene esta circular es "prevenir y reducir al máximo complicaciones y muertes en mujeres y personas con capacidad de gestar por el acceso a sitios clandestinos en los que se practican abortos sin que se garanticen las condiciones de seguridad y de calidad".

Instrucciones emitidas en la circular

A través de la circular, en la que se hace referencia a las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS): "Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud” y “Ruta Integral de Atención en Salud para población materno – perinatal", el Ministerio de Salud imparte cinco instrucciones dirigidas a las secretarías de salud, las EPS y prestadores de servicios de salud, entre otros.

En primer lugar, ordena el fortalecimiento de la implementación de las intervenciones dirigidas a las personas, familias y comunidades en cuanto al acceso a información sobre los derechos sexuales y los derechos reproductivos. 

La segunda instrucción es mantener las estrategias que contribuyan a identificar, prevenir y actuar frente a la violencia física y sexual, así como garantizar el acceso a los servicios que están habilitados para reducir el número de embarazos no deseados y abortos inseguros.

En la tercera, el Ministerio instruye promover y garantizar la prestación de servicios para la atención en salud materna, planificación familiar y anticonceptivos por medio de herramientas como la prevención y atención de la violencia física y sexual, la asesoría en anticoncepción en un marco de derechos, incluida la anticoncepción de emergencia, la elección y suministro de todos los métodos anticonceptivos incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), así como garantizar el acceso a métodos anticonceptivos inmediatamente después del evento obstétrico, y acceso a los procedimientos para la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de calidad.

La cuarta instrucción "garantizar la prestación de los servicios relacionados con la salud para la Interrupción Voluntaria del Embarazo en los términos definidos por la Corte Constitucional en la Sentencia C-055 de 2022".  "Dicha atención integral en salud no deberá imponer barreras o demoras para la prestación del servicio", añade la circular.

La última instrucción del Ministerio indicada en la Circular 044 de 2022 es frente a "desarrollar las demás acciones de gestión de la salud pública, intervenciones colectivas e individuales para garantizar la atención en salud de la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones de no punibilidad definidas por la Honorable Corte Constitucional". 

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