La Supersalud dio a conocer el número de PQRD recibidas por las EPS, así como las causas de las mismas.
La Superintendencia Nacional de Salud dio a conocer que en septiembre los usuarios del sistema de salud colombiano radicaron 54.702 peticiones, quejas, reclamos o denuncias (PQRD) ante la entidad.
El informe, que mensualmente divulga la Supersalud, tiene como objetivo dar a conocer las principales razones por las cuales acuden los usuarios a la entidad, teniendo en cuenta que en promedio anualmente tienen de manera efectiva cerca de 50 millones de contactos con el Sistema de Salud los afiliados, así como informar cuáles son las Empresas Prestadora de Salud (EPS), tanto del régimen contributivo como del subsidiado, con más quejas.
Motivos de las PQRD
Las razones por las que más peticiones, quejas, reclamos y denuncias se presentaron ante la Superintendencia en el mes de septiembre fueron: no poder acceder al servicio de salud que requiere (45.095); trámites administrativos, como autorizaciones y asignación de citas (5.311); oportunidad en la prestación del servicio (1.875); no reconocimiento de las prestaciones económicas (2.110); no disponibilidad de recurso humano e infraestructura para la atención (137); y otros motivos (174).
EPS con más quejas
Las cinco EPS del régimen contributivo con mayor número de peticiones, quejas, reclamos o denuncias, según el número de afiliados reportado en septiembre son: Cruz Blanca, con 5,5 por cada 1.000 afiliados; Coomeva, con 2,5; Servicio Occidental de Salud SOS, con 2,3; Salud Vida, con 2,1; y Medimás, con 2,0.
En cuanto al régimen subsidiado, las cinco EPS con más quejas fueron: Comfacundi, con 2,1 por cada 1.000 afiliados; Capital Salud, con 1,7; EcoopSOS, con 1,4; Cajacopi, con 1,3; y Medimás, con 1,2.
El superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel, hizo un llamado a las EPS del régimen contributivo y subsidiado a garantizar los derechos en salud de los ciudadanos e informar a su población afiliada sobre el derecho a la libre elección de Empresa Prestadora de Salud, teniendo en cuenta los requisitos que contempla el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud (780 de 2016).